La nueva ley hipotecaria española entrará en vigor, seguramente, a lo largo de 2018 y tiene previsto modificar aspectos esenciales de la actual. Entre otros, cabe destacar los siguientes:
- Eliminar las comisiones de cancelación de las hipotecas con tipo variable a partir de los 5 años de vigencia del contrato
- Eliminar la comisión por conversión del tipo de interés variable a fijo después de 3 años
- Rebaja de los gatos de notaría y registro de la propiedad
- Puesta a disposición del cliente del borrador de la escritura por el notario durante un mínimo de 7 días antes de la firma, comentando la posible existencia de cláusulas abusivas o poco claras
- Nuevo requisito para iniciar la ejecución de un préstamo, que suele derivar en un desahucio:
- 9 impagos mensuales o
- Impago mínimo del 2% del capital concedido, durante la primera mitad de la duración total del préstamo
- Nuevo régimen de los seguros asociados a la hipoteca:
- No será obligatorio contratar un seguro con el banco que concede la hipoteca
- Los bancos deberán presentar sus ofertas de hipoteca diferenciando entre el préstamo y el resto de productos ofertados
- El cliente podrá presentar otro seguro, distinto del ofrecido por el banco, y no se le podrá cobrar por analizar sus condiciones
- Las condiciones del préstamo no pueden ser diferentes si el cliente aporta su propio seguro, en lugar de aceptar la oferta del seguro del banco
Como se trata de un proyecto de ley, todavía se pueden realizar modificaciones, entre las que destaca la posibilidad de que los contratos de seguro del hogar tengan una duración anual, teniendo el cliente la posibilidad de renovarlo o no cada año.
Hay que recordar que, en la actualidad, los bancos suelen exigir ciertas condiciones para la concesión de una hipoteca, siendo las siguientes las más comunes:
- Domiciliación de la nómina
- Contratación de seguros de hogar y vida
- Contratación de tarjetas de crédito y consumo mínimo
- Contratación de un plan de pensiones con aportaciones periódicas
Todo parece apuntar a que, en un futuro próximo, estas condiciones adicionales desaparecerán o, al menos, perderán importancia a la hora de la concesión de un préstamo hipotecario.
Jose Àngel Marrero
Abogado – Lex Spain